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Erasmus+ Programme Guide

The essential guide to understanding Erasmus+

Acreditación Erasmus en los ámbitos de la educación y la formación profesionales, la educación escolar y la educación de personas adultas

La acreditación Erasmus es una herramienta para las organizaciones de educación y formación profesionales (EFP), educación escolar y educación de personas adultas que desean abrirse al intercambio y la cooperación transfronterizos. La concesión de la acreditación Erasmus confirma que el solicitante ha establecido un plan para ejecutar actividades de movilidad de alta calidad en el marco de una iniciativa más amplia de desarrollo de su organización. Este plan se denomina plan Erasmus y es un elemento clave de la solicitud de acreditación Erasmus. 

Los solicitantes pueden solicitar una acreditación Erasmus individual para su organización o una acreditación Erasmus para coordinadores de consorcios de movilidad, tal como se explica a continuación. No es necesario contar con experiencia previa en el Programa para presentar la solicitud.

Las organizaciones que ya cuenten con una acreditación Erasmus pueden recibir un distintivo de excelencia como reconocimiento a la labor realizada hasta el momento y su compromiso con la calidad.

¿Cómo acceder a las oportunidades de movilidad con una acreditación Erasmus?

Los solicitantes a los que se les conceda la acreditación Erasmus obtendrán acceso simplificado a las oportunidades de financiación de la acción clave 1 en forma de proyectos de movilidad acreditados, tal como se presentan en esta Guía.

Objetivos de la acción

En los tres ámbitos:

Reforzar la dimensión europea de la enseñanza y el aprendizaje:

  • fomentando los valores de inclusión y diversidad, tolerancia y participación democrática;
  • promoviendo el conocimiento sobre el patrimonio europeo común y la diversidad;
  • apoyando el desarrollo de redes profesionales en toda Europa.

En el ámbito de la educación y la formación profesionales:

Contribuir a la aplicación de la Recomendación del Consejo sobre la educación y formación profesionales, la Declaración de <strong>Osnabrück</strong>1 y la Agenda de Capacidades <strong>Europea</strong>2 , así como a la creación del Espacio Europeo de Educación:

  • mejorando la calidad de la formación profesional inicial y continua (EFPI y EFPC);
  • reforzando las competencias clave y las capacidades transversales, especialmente el aprendizaje de idiomas y las capacidades digitales;
  • apoyando el desarrollo de las capacidades laborales específicas necesarias en el mercado laboral actual y futuro;
  • compartiendo mejores prácticas, promoviendo el uso de métodos y tecnologías pedagógicos nuevos e innovadores y apoyando el desarrollo profesional de los profesores, formadores, tutores y demás personal educativo de EFP;
  • desarrollando las capacidades de los proveedores de EFP para llevar a cabo proyectos de movilidad de gran calidad y para formar asociaciones de calidad a la vez que desarrollan su estrategia de internacionalización;
  • haciendo que la movilidad sea una posibilidad realista para cualquier aprendiente de EFPI y EFPC y prolongando la duración media de la movilidad de los estudiantes de EFP para mejorar su calidad y sus resultados;
  • potenciando la calidad, la transparencia y el reconocimiento de los resultados del aprendizaje obtenidos en períodos de movilidad en el extranjero, especialmente con el uso de herramientas e instrumentos europeos diseñados para tal fin.

En el ámbito de la educación escolar

Mejorar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje en la educación escolar:

  • apoyando el desarrollo profesional de profesores, directores de centros escolares y demás personal educativo;
  • fomentando el uso de nuevas tecnologías y métodos de enseñanza innovadores;
  • mejorando el aprendizaje de idiomas y la diversidad lingüística en los centros escolares;
  • promoviendo el intercambio y la transferencia de mejores prácticas en materia de enseñanza y desarrollo escolar.

Contribuir a la creación del Espacio Europeo de Educación:

  • desarrollando las capacidades de los centros escolares para participar en intercambios y cooperación transfronterizos y para llevar a cabo proyectos de movilidad de alta calidad;
  • haciendo que la movilidad para el aprendizaje sea una posibilidad realista para cualquier alumno de educación escolar;
  • fomentando el reconocimiento de los resultados del aprendizaje obtenidos por los alumnos y el personal educativo durante sus períodos de movilidad en el extranjero.

En el ámbito de la educación de personas adultas:

Contribuir a la creación del Espacio Europeo de Educación y a la Agenda de Capacidades <strong>Europea</strong>3 :

  • incrementando la participación de personas adultas de todas las edades y todos los contextos socioeconómicos en la educación, especialmente fomentando la participación de las organizaciones que trabajan con aprendientes desfavorecidos, los pequeños proveedores de educación de personas adultas, las organizaciones menos experimentadas y las organizaciones de nueva incorporación al Programa, así como las organizaciones comunitarias de base;
  • mejorando la calidad de la educación formal, informal y no formal de personas adultas;
  • mejorando la calidad de la oferta educativa para personas adultas mediante la profesionalización de su personal y desarrollando las capacidades de los proveedores de educación de personas adultas para ejecutar programas de aprendizaje de gran calidad;
  • incrementando la calidad de la enseñanza y el aprendizaje en todas las formas de educación de personas adultas y haciendo que sean pertinentes para las necesidades del conjunto de la sociedad;
  • mejorando la educación de personas adultas con respecto a las competencias clave definidas en el Marco Europeo (2018), incluidas las capacidades básicas (lectura y escritura, cálculo, capacidades digitales) y otras capacidades para la vida;
  • desarrollando las capacidades de los proveedores de educación de personas adultas y otras organizaciones relevantes en este ámbito educativo para llevar a cabo proyectos de movilidad de gran calidad.

Criterios de admisibilidad

¿Quién puede presentar una solicitud?

En el ámbito de la educación y la formación profesionales:

  1. Organizaciones que imparten formación profesional inicial o continua4 .
  2. Autoridades públicas locales y regionales, organismos de coordinación y demás organizaciones que desempeñan una función en el ámbito de la educación y la formación profesionales.
  3. Empresas y otras organizaciones públicas o privadas que acojan, formen o que trabajen de otra forma con estudiantes y aprendices de educación y formación profesionales.

En el ámbito de la educación escolar:

  1. Centros escolares que imparten educación general preprimaria, primaria o secundaria, incluidas las organizaciones que imparten educación infantil5 .
  2. Autoridades públicas locales y regionales, organismos de coordinación y demás organizaciones que desempeñan una función en el ámbito de la educación escolar.

En el ámbito de la educación de personas adultas:

  1. Organizaciones que imparten educación formal, informal y no formal de personas adultas6 .
  2. Autoridades públicas locales y regionales, organismos de coordinación y demás organizaciones que desempeñan una función en el ámbito de la educación de personas adultas.

Definiciones y principios aplicables en los tres ámbitos

La admisibilidad de las organizaciones en virtud del criterio 1 de cada ámbito dependerá de los programas y actividades educativos que ofrezcan. Una organización puede ser admisible en más de un ámbito si ofrece distintos programas y actividades educativos.

La autoridad nacional competente de cada país se encargará de definir:

  • los programas y las actividades educativos que posibiliten la admisibilidad de las organizaciones en virtud del criterio 1 y
  • las organizaciones admisibles con arreglo al criterio 2.

Las definiciones aplicables, así como ejemplos de organizaciones admisibles, se publicarán en el sitio web de la agencia nacional competente.

Países admisibles

Las solicitantes han de estar establecidas en un Estado miembro de la UE o en un tercer país asociado al Programa.

¿Dónde debe presentarse la solicitud?

Las solicitudes deben presentarse ante la agencia nacional del país donde esté establecida la organización solicitante.

Plazo de presentación

1 de octubre a las 12.00 horas (del mediodía, hora de Bruselas)

Normas de calidad Erasmus

Los solicitantes de la acreditación Erasmus deben cumplir las normas de calidad Erasmus que se presentan en el sitio web Europa:

https://erasmus-plus.ec.europa.eu/document/erasmus-quality-standards-mobility-projects-vet-adults-schools.

Las normas de calidad Erasmus podrán actualizarse durante el período de ejecución de la acreditación. En tal caso, se requerirá el acuerdo de las organizaciones acreditadas antes de que puedan solicitar otra subvención.

Número de solicitudes

Las organizaciones podrán presentar una solicitud para cada uno de los tres ámbitos cubiertos por esta convocatoria: la educación de personas adultas, la educación y la formación profesionales y la educación escolar. Las organizaciones que presenten solicitudes para más de un ámbito deberán hacerlo de manera separada para cada uno.

Las organizaciones que ya cuenten con una acreditación Erasmus no podrán solicitar una nueva acreditación para el mismo ámbito.

Tipos de solicitudes

Los solicitantes podrán presentar una solicitud como organización individual o como coordinador de un consorcio de movilidad. No se permite solicitar ambos tipos de acreditación en el mismo ámbito.

Acreditación Erasmus para coordinadores de consorcios de movilidad

Un consorcio de movilidad es un grupo de organizaciones del mismo país que ejecuta actividades de movilidad en el marco de un plan Erasmus conjunto. Cada consorcio de movilidad está coordinado por una organización principal: un coordinador del consorcio de movilidad que debe contar con una acreditación Erasmus.

Los coordinadores de consorcios de movilidad podrán organizar sus propias actividades (al igual que cualquier organización con una acreditación individual) y, además, podrán proporcionar oportunidades de movilidad a otras organizaciones miembros de su consorcio. No es obligatorio que los miembros del consorcio tengan una acreditación Erasmus,

Los candidatos a coordinadores de consorcios de movilidad deberán describir en la solicitud la finalidad y la composición prevista de su consorcio. Todas las organizaciones que vayan a ser miembros del consorcio deberán ser del mismo Estado miembro de la UE o tercer país asociado al Programa que el coordinador del consorcio de movilidad. Sin embargo, no es necesario presentar una lista exacta de los miembros del consorcio en esta fase. 

Para conocer los criterios de admisibilidad aplicables a los miembros del consorcio y más detalles, véase la sección sobre proyectos de movilidad acreditados.

Criterios de selección

Los solicitantes deberán tener suficiente capacidad operativa y profesional para ejecutar el plan Erasmus propuesto, además de al menos dos años de experiencia pertinente en el ámbito de la solicitud, y, en el caso de los coordinadores de consorcios de movilidad, la capacidad apropiada para coordinar el consorcio. La experiencia previa a concentraciones o cambios estructurales similares de entidades públicas (por ejemplo, centros escolares o educativos) contará como experiencia pertinente en el contexto de los controles de capacidad operativa.

La capacidad financiera de los solicitantes se comprobará por separado en una fase posterior, como parte de la evaluación de las solicitudes de subvención para proyectos acreditados.

En la parte C de la presente Guía encontrará más información sobre los criterios de selección.

Criterios y normas de exclusión sobre contenido original y autoría

Los solicitantes deberán presentar una declaración jurada en la que certifiquen que no se encuentran en ninguna de las situaciones mencionadas en los criterios de exclusión enumerados en la parte C de la presente Guía. Además, al firmar la declaración, los solicitantes certificarán que el plan Erasmus presentado incorpora contenidos originales creados por ellos, y que no se ha pagado a ninguna organización o persona externa para que redacte la solicitud.

Al mismo tiempo, se anima a los solicitantes a pedir asesoramiento a las autoridades educativas y a los expertos pertinentes, o a intercambiar buenas prácticas con organizaciones similares que tengan más experiencia con Erasmus+. Los candidatos a coordinadores de consorcios de movilidad podrán consultar a los miembros potenciales del consorcio para preparar su solicitud. Los solicitantes podrán respaldar su solicitud con documentos estratégicos relevantes para su plan Erasmus, como pueden ser una estrategia de internacionalización o una estrategia desarrollada por sus organismos de supervisión o coordinación.

Criterios de concesión

Las solicitudes se evaluarán por separado según sean para educación y formación profesionales, educación escolar o educación de personas adultas. La calidad de las solicitudes se valorará mediante la asignación de un número de puntos sobre un total de 100, sobre la base de los criterios y puntuaciones descritos a continuación.

Para que las solicitudes se tengan en cuenta a efectos de la concesión, deberán superar los umbrales siguientes:

  • como mínimo, 70 puntos sobre el total de 100, y
  • como mínimo, la mitad de la puntuación máxima en cada una de las cuatro categorías de criterios de concesión que figuran a continuación.

Pertinencia - (puntuación máxima de 10 puntos)

La medida en que:

  • el perfil del solicitante, la experiencia, las actividades y la población de aprendientes destinataria son pertinentes para el ámbito de la solicitud, los objetivos de las acreditaciones Erasmus y el tipo de solicitud (organización individual o coordinador de un consorcio);
  • la propuesta es pertinente para el respeto y la promoción de los valores compartidos de la UE, como el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, así como la lucha contra cualquier tipo de discriminación;
  • además, para las organizaciones que soliciten ser coordinadoras de consorcios acreditados:
    • el perfil de los miembros previstos es pertinente para la finalidad y los objetivos del consorcio definidos en la solicitud, en relación con el ámbito de la solicitud y los objetivos de las acreditaciones Erasmus;
    • la creación del consorcio aporta un claro valor añadido a sus miembros de acuerdo con los objetivos de las acreditaciones Erasmus.

Plan Erasmus: Objetivos - (puntuación máxima de 40 puntos)

La medida en que:

  • el plan Erasmus propuesto se ajusta a los objetivos de las acreditaciones Erasmus;
  • los objetivos del plan Erasmus propuesto responden de manera clara y concreta a las necesidades de la solicitante y de su personal y estudiantes:
    • en el caso de los coordinadores de consorcios, este criterio afecta a la totalidad del consorcio previsto y exige que los objetivos del plan Erasmus sean coherentes con la finalidad del consorcio según se define en la solicitud;
  • los objetivos del plan Erasmus propuesto y sus plazos de ejecución son realistas y lo suficientemente ambiciosos para lograr un efecto positivo para la organización (o el consorcio);
  • las medidas propuestas para el seguimiento y la evaluación de los avances en la consecución de los objetivos del plan Erasmus son apropiadas y concretas;
  • si el solicitante ha adjuntado documentos estratégicos a la solicitud, se explica claramente la relación que existe entre el plan Erasmus propuesto y tales documentos.

Plan Erasmus: Actividades - (puntuación máxima de 20 puntos)

La medida en que:

  • el número propuesto de participantes en las actividades de movilidad es proporcional al tamaño y la experiencia de la organización solicitante:
    • en el caso de los coordinadores de consorcios, se tendrá en cuenta el tamaño previsto del consorcio;
  • el número propuesto de participantes en actividades de movilidad es realista y se ajusta a los objetivos establecidos en el plan Erasmus;
  • los perfiles de los posibles participantes son pertinentes para el ámbito de la solicitud, el plan Erasmus propuesto y los objetivos de las acreditaciones Erasmus;
  • cuando proceda y si el solicitante prevé organizar actividades de movilidad para estudiantes: se involucra a personas con menos oportunidades.

Plan Erasmus: Gestión - (puntuación máxima de 30 puntos)

La medida en que:

  • el solicitante ha propuesto medidas concretas para contribuir a los principios básicos de las acreditaciones Erasmus descritos en las normas de calidad Erasmus;
  • el solicitante ha propuesto una distribución de tareas clara y completa en consonancia con las normas de calidad Erasmus;
  • el solicitante ha asignado los recursos apropiados para gestionar las actividades del Programa de acuerdo con las normas de calidad Erasmus.
  • la dirección de la organización se implica de manera adecuada;
  • se han tomado medidas adecuadas para garantizar la continuidad de los programas de actividades en caso de que se produzcan cambios de personal o en la dirección de la organización solicitante;
  • el solicitante ha propuesto medidas concretas y lógicas para integrar los resultados de sus actividades de movilidad en el trabajo habitual de la organización:
    • en el caso de los coordinadores de consorcios, este criterio afecta a todo el consorcio previsto.

Número máximo de acreditaciones Erasmus concedidas

La agencia nacional fijará un número máximo de acreditaciones que se concederán en cada país, sobre la base del presupuesto disponible. Esta decisión se tomará por separado para cada uno de los tres ámbitos y se publicará en el sitio web de la agencia nacional junto a esta convocatoria con al menos catorce días de antelación a la fecha límite de presentación.

La selección se basará en una clasificación de solicitudes que cumplan los criterios mínimos de concesión. Se concederán acreditaciones, empezando por la solicitud con mayor puntuación, hasta que se alcance el número máximo de concesiones. En caso de que varias solicitudes tengan la misma puntuación que la última solicitud aprobada, se aumentará el número máximo de concesiones para incluir todas las solicitudes con dicha puntuación.

Validez

La validez de las acreditaciones Erasmus concedidas en el marco de la presente convocatoria de propuestas comenzará el 1 de febrero de 2025 y continuará durante todo el período de programación actual hasta el 31 de diciembre de 2027.

En caso de que sea necesario disponer de la acreditación Erasmus para participar en cualquier acción tras el período de programación 2021-2027, la agencia nacional podrá prolongar la validez de la acreditación con arreglo a las condiciones definidas por la Comisión Europea. Habida cuenta de esta posibilidad, los solicitantes podrán presentar planes Erasmus de entre dos y cinco años de duración. Si no se prorroga una acreditación, la ejecución de proyectos previamente aprobados podrá continuar más allá del 31 de diciembre de 2027 hasta que finalicen los convenios de subvención pertinentes.

La acreditación podrá rescindirse en cualquier momento en caso de que la organización acreditada deje de existir o por acuerdo de la agencia nacional y la organización acreditada. La Agencia Nacional podrá rescindir unilateralmente la acreditación en las condiciones descritas en el apartado «Elaboración de informes, seguimiento y control de la calidad». La rescisión unilateral de la acreditación por parte de la organización acreditada solo es posible si durante al menos tres años consecutivos no se ha utilizado la acreditación para presentar solicitudes para proyectos de movilidad acreditados.

Intransferibilidad

La acreditación Erasmus no puede transferirse entre organizaciones. Si se producen cambios estructurales en una organización acreditada (por ejemplo, en caso de escisión, fusión, cambio de entidad jurídica, estatuto, titularidad o transferencia formal de tareas y recursos entre instituciones del sector público), la agencia nacional podrá transferir la acreditación a una organización sucesora sobre la base de una solicitud motivada.

Elaboración de informes, seguimiento y control de la calidad

Informes finales presentados tras cada convenio de subvención

Tras la finalización de cada convenio de subvención aprobado en virtud de la acreditación Erasmus, la organización acreditada presentará un informe final sobre las actividades ejecutadas, según se especifique en el convenio de subvención aplicable.

Informes de acreditación

Basándose en el contenido del plan Erasmus aprobado, y como mínimo una vez en un período de cinco años, las organizaciones acreditadas deberán:

  • informar sobre cómo han garantizado el cumplimiento de las normas de calidad Erasmus,
  • informar sobre el avance en la consecución de los objetivos de su plan Erasmus,
  • actualizar su plan Erasmus.

La agencia nacional podrá solicitar los diversos elementos indicados anteriormente en su conjunto o por separado.

La agencia nacional podrá llevar a cabo una visita de seguimiento estructurada en substitución de un informe de acreditación.

Teniendo en cuenta el rendimiento de la organización acreditada, constatado a partir de los informes, el seguimiento y los controles de calidad, o como resultado de cambios significativos en la organización, la agencia nacional podrá modificar la cantidad y las fechas de los informes de situación.

Además, las organizaciones acreditadas podrán solicitar voluntariamente actualizar su plan Erasmus. Teniendo en cuenta los argumentos presentados por la organización, la agencia nacional decidirá si la actualización está justificada. La actualización del plan Erasmus podrá incluir una solicitud para cambiar una acreditación de organización individual por una acreditación de coordinador de consorcio de movilidad, o viceversa.

Seguimiento y controles

La agencia nacional podrá organizar controles formales, visitas de seguimiento u otras actividades para supervisar los avances y el rendimiento de las organizaciones acreditadas, garantizar el cumplimiento de las normas de calidad acordadas y proporcionar apoyo.

Los controles formales podrán ser controles documentales o visitas a la organización acreditada, los miembros del consorcio, las organizaciones de apoyo y cualquier otro lugar donde se lleven a cabo actividades pertinentes. La agencia nacional podrá solicitar asistencia a sus homólogas de otros países para comprobar y hacer un seguimiento de las actividades que tengan lugar en dichos lugares.

Tras un informe o una actividad de seguimiento, la agencia nacional planteará sus observaciones a la organización acreditada. La agencia nacional podrá también dar instrucciones de obligado cumplimiento o recomendaciones sobre cómo mejorar el rendimiento a la organización acreditada.

En el caso de los solicitantes con una nueva acreditación o de las organizaciones de alto riesgo, o en caso de incumplimiento de las instrucciones y los plazos indicados por la agencia nacional, de rendimiento muy bajo constatado a partir de los informes, el seguimiento y los controles de calidad, o de infracción de las normas del Programa (incluida cualquier otra acción), la agencia nacional podrá adoptar las siguientes medidas correctoras: 

  • Observación: la agencia nacional podrá limitar el nivel de financiación que puede solicitar la organización acreditada para acciones para las que sea necesaria la acreditación Erasmus. Las organizaciones con una nueva acreditación podrán ser sometidas a observación si, durante el control de capacidad operativa, se constata que existe riesgo de ejecución de baja calidad.
  • Suspensión: las organizaciones suspendidas no podrán solicitar financiación para acciones para las que sea necesaria una acreditación Erasmus. La agencia nacional podrá también rescindir parte o la totalidad de los convenios de subvención vigentes concedidos en virtud de la acreditación suspendida.
  • Rescisión: en caso de que se sigan incumpliendo las instrucciones y los plazos indicados por la agencia nacional, o en caso de rendimiento muy bajo, larga inactividad o infracción de las normas del Programa de manera reiterada o significativa (incluida cualquier otra acción), la agencia nacional podrá rescindir la acreditación y todos los convenios de subvención concedidos en virtud de dicha acreditación.

El período de observación o suspensión se extenderá hasta que la agencia nacional determine que la organización acreditada vuelve a cumplir con las condiciones y los requisitos de calidad establecidos en esta convocatoria y ha tomado medidas para atajar el riesgo de bajo rendimiento.

Las organizaciones suspendidas o sometidas a observación no podrán solicitar una nueva acreditación para el mismo ámbito.

Reconocimiento de la excelencia

Se premiará a las organizaciones acreditadas que tengan un mejor rendimiento con un distintivo de excelencia que se concederá en el marco de la presente convocatoria. Cada agencia nacional definirá las condiciones para recibir el distintivo de excelencia y para su revisión periódica, condiciones que publicará en su sitio web.

  1. https://www.cedefop.europa.eu/files/osnabrueck_declaration_eu2020.pdf . ↩ back
  2. https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1223&langId=es . ↩ back
  3. https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1223&langId=es . ↩ back
  4. Los proveedores de EFP establecidos en un Estado miembro de la UE o en un tercer país asociado al Programa que tengan un estatuto y una función especiales bajo la supervisión de autoridades nacionales de otro país pueden tener que presentar una solicitud a la autoridad nacional del país supervisor. Para obtener información precisa en cada caso, póngase en contacto con la agencia nacional del país de acogida o del país de la autoridad nacional competente. Debido a los requisitos para que todas las actividades de movilidad sean transnacionales, los proveedores de EFP con este tipo de estatuto especial no pueden organizar actividades de movilidad con otras organizaciones que tengan el mismo estatuto (es decir, que estén supervisadas por la misma autoridad nacional y la misma agencia nacional), aunque la otra organización esté situada en un país diferente. ↩ back
  5. Los centros escolares establecidos en un Estado miembro de la UE o en un tercer país asociado al Programa que tengan un estatuto y una función especiales bajo la supervisión de autoridades nacionales de otro país pueden tener que presentar una solicitud a la autoridad nacional del país supervisor. Para obtener información precisa en cada caso, póngase en contacto con la agencia nacional del país de acogida o del país de la autoridad nacional competente. Debido a los requisitos para que todas las actividades de movilidad sean transnacionales, los centros escolares con este tipo de estatuto especial no pueden organizar actividades de movilidad con otras organizaciones que tengan el mismo estatuto (es decir, que sean supervisadas por la misma autoridad nacional y la misma agencia nacional), aunque la otra organización esté situada en un país diferente. ↩ back
  6. Sin perjuicio de las definiciones establecidas por la autoridad nacional competente, cabe tener en cuenta que las organizaciones que imparten educación y formación profesionales para adultos suelen considerarse proveedores de educación y formación profesionales, y no proveedores de educación de personas adultas. Para más información al respecto, consulte las definiciones aplicables en el sitio web de su agencia nacional. ↩ back
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