En el acuerdo de movilidad se detalla el programa de docencia o formación que se habrá de seguir. Debe ser aprobado por el miembro del personal y por las instituciones u organizaciones de origen y de destino.
El acuerdo define los componentes del periodo de docencia o formación en el extranjero y hace hincapié en la responsabilidad mutua de la institución u organización de origen y la de destino en cuanto a la calidad de la movilidad.